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Consejo de Estado declaró nulo artículo 44 decreto 2820 de 2010 referente a la comisión de diligencias por parte de MinAmbiente, las CAR`s y autoridades ambientales, entre otras expresiones contenidas en la norma

Escrito por  Nov 29, 2022

La Sala consideró que el artículo 44 del Decreto 2820 de 2010, excedió la potestad reglamentaria y reguló un asunto materia de ley, por lo que será declarada su nulidad. La Corporación declaró la nulidad de las expresiones “con excepción de los  plaguicidas de origen biológico

elaborados con base en extractos naturales”, “con  excepción de aquellos de uso tópico para mascotas y los accesorios de uso externo tales como orejeras, collares, narigueras, etc.” y “con excepción de aquellos plaguicidas para uso doméstico en presentación o empaque individual”, contenidas en los literales a), b) y e) del numeral 10 del artículo 8° del Decreto 2820 de 2010, respectivamente, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

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